Beneficiarios de las Ayudas


Serán beneficiarios de la ayuda del FOSOLI como donación o préstamo las siguientes personas:  

Los Socios fundadores y los Socios Activos: y, cuando el presente estatuto o el reglamento interno hable del grupo familiar del Socio, se refiere a su cónyuge, sus hijos menores de edad, hijos con capacidades especiales dependientes  y padres.


Se otorgará la ayuda económica excepcional, por acontecimientos extraordinarios, calificados como tales por la COMISIÓN DE EVALUACIÓN , aunque haya recibido con anterioridad ayuda por el FOSOLl.

Los tipos de ayuda que se concederán a los Socios será de: Una donación y dos préstamos sin intereses, hasta por un plazo de TRES (3) años calendario y durante el tiempo que sean SOCIOS de la Fundación "Fondo de Solidaridad Naval"; y, la ayuda podrá ser otorgada en dinero o en  especies  por parte de la misma Fundación, o a través de convenios con otras entidades privadas, públicas, gubernamentales, no gubernamentales, nacionales o extranjeras .


Miembros de la comisión de evaluaciones de ayuda